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Oferta de empleo – Programa ECOVID 2020

Información importante para desempleados/as
Las personas interesadas en optar a contratación por parte del Ayuntamiento de San Miguel de Salinas, a través del programa de empleo ECOVID 2020, en la ocupación de personal de limpieza deben hacer constar en su demanda de empleo de LABORA los siguientes datos antes del día 5 de noviembre:
Ocupación = PERSONAL DE LIMPIEZA
Categoría = TÉCNICOS Y SIN CATEGORÍA LABORAL DETERMINADA
Los contratos serán de un mínimo de 6 meses de duración y a jornada completa. La fecha de inicio prevista es el 20 de noviembre de 2020.
Las consultas al respecto serán atendidas por la Agencia de Desarrollo Local en el 687 921 039.

 

Ampliado el plazo para la solicitud de ayudas de la DANA de septiembre de 2019

Según comunicación por parte de la Consellería, se amplía el plazo para presentar la solicitud hasta el día 31 de diciembre de 2019 (inclusive)

La ayuda es a las personas físicas y jurídicas titulares del derecho de propiedad de los inmuebles sitos en los municipios que se relacionan en el anexo I, por los daños producidos en sus viviendas por el temporal de lluvias, fenómenos costeros y vientos ocurrido en la Comunitat Valenciana entre el 11 y el 14 de septiembre de 2019, para paliar los siguientes daños que no estén cubiertos por el sistema general de seguros:
a) Por destrucción total de la vivienda, hasta el 100 % de los daños valorados, no pudiendo superar 15.120 euros, si es vivienda habitual, y 12.118 euros, si es vivienda no habitual.
b) Por daños que afecten a las estructuras de la vivienda, hasta el 50 % de los daños valorados, no pudiendo superar 10.320 euros, si es vivienda habitual, y 8.974 euros, si es vivienda no habitual.
c) Por daños que no afecten a las estructuras de la vivienda, hasta el 50 % de los daños valorados, no pudiendo superar 5.160 euros, si es vivienda habitual, y 4.062 euros, si es vivienda no habitual.
Documentación a presentar:
–          Copia del DNI, NIE o CIF.
–          Documentación acreditativa de la titularidad del derecho de propiedad sobre la vivienda (Nota simple del Registro de la Propiedad). Además, en el supuesto de vivienda habitual, deberá aportarse documentación acreditativa de dicha condición.
–          Solicitud de licencia de obras o declaración responsable, en su caso.
–          Declaración de conformidad con estas bases reguladoras (Anexo II).
–          Modelo normalizado (Anexo III) de domiciliación bancaria debidamente cumplimentado, designando la cuenta en la que se realizará el ingreso de las ayudas.
Importante:
·         Toda la documentación a incorporar al expediente deberá ser original o copia compulsada.
·         Para los daños de destrucción total o afectados en las estructuras de la vivienda debe presentar la declaración la persona propietaria en caso de vivienda, o la Comunidad de Propietarios en caso de edificio.
·         Para los daños que no afecten a las estructuras de la vivienda debe presentarla la persona propietaria, si afectan a zonas comunes, debe presentarla la Comunidad de Propietarios.
·         Pueden solicitarse ayudas tanto para vivienda habitual como para vivienda no habitual.
Para más información pueden consultar el enlace: https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=20543&version=amp
En los siguientes enlaces pueden descargar la copia de los anexos que deben aportar los solicitantes:

 

Anuncio de subvenciones a asociaciones para fiestas locales

La Concejalía de Turismo anuncia la publicación de subvenciones a asociaciones de la provincia de Alicante para promoción turística de fiestas locales de la Costa Blanca.

Dirigido a: Asociaciones, Entidades sin ánimo de lucro y Entes de derecho público de la provincia de Alicante sin ánimo de lucro.

Objeto: Es objeto de las presentes bases regular el procedimiento en régimen de concurrencia competitiva ordinaria, para la concesión durante el año 2017, de subvenciones destinadas a coadyuvar en la financiación de los gastos derivados en “La promoción turística de las fiestas locales de la Costa Blanca”, que ejecuten las asociaciones y entidades sin ánimo de lucro de la provincia de Alicante.

El importe máximo que le puede corresponder a cada Entidad solicitante se establece en el 80 % del presupuesto presentado y un máximo de 6.000,00 €.

El plazo de presentación de solicitudes será de 30 días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación.

Enlace a la publicación del B.O.P. de Alicante: https://www.dip-alicante.es/bop2/pdftotal/2017/02/24_39/2017_002091.pdf