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Ampliado el plazo para la solicitud de ayudas de la DANA de septiembre de 2019

Según comunicación por parte de la Consellería, se amplía el plazo para presentar la solicitud hasta el día 31 de diciembre de 2019 (inclusive)

La ayuda es a las personas físicas y jurídicas titulares del derecho de propiedad de los inmuebles sitos en los municipios que se relacionan en el anexo I, por los daños producidos en sus viviendas por el temporal de lluvias, fenómenos costeros y vientos ocurrido en la Comunitat Valenciana entre el 11 y el 14 de septiembre de 2019, para paliar los siguientes daños que no estén cubiertos por el sistema general de seguros:
a) Por destrucción total de la vivienda, hasta el 100 % de los daños valorados, no pudiendo superar 15.120 euros, si es vivienda habitual, y 12.118 euros, si es vivienda no habitual.
b) Por daños que afecten a las estructuras de la vivienda, hasta el 50 % de los daños valorados, no pudiendo superar 10.320 euros, si es vivienda habitual, y 8.974 euros, si es vivienda no habitual.
c) Por daños que no afecten a las estructuras de la vivienda, hasta el 50 % de los daños valorados, no pudiendo superar 5.160 euros, si es vivienda habitual, y 4.062 euros, si es vivienda no habitual.
Documentación a presentar:
–          Copia del DNI, NIE o CIF.
–          Documentación acreditativa de la titularidad del derecho de propiedad sobre la vivienda (Nota simple del Registro de la Propiedad). Además, en el supuesto de vivienda habitual, deberá aportarse documentación acreditativa de dicha condición.
–          Solicitud de licencia de obras o declaración responsable, en su caso.
–          Declaración de conformidad con estas bases reguladoras (Anexo II).
–          Modelo normalizado (Anexo III) de domiciliación bancaria debidamente cumplimentado, designando la cuenta en la que se realizará el ingreso de las ayudas.
Importante:
·         Toda la documentación a incorporar al expediente deberá ser original o copia compulsada.
·         Para los daños de destrucción total o afectados en las estructuras de la vivienda debe presentar la declaración la persona propietaria en caso de vivienda, o la Comunidad de Propietarios en caso de edificio.
·         Para los daños que no afecten a las estructuras de la vivienda debe presentarla la persona propietaria, si afectan a zonas comunes, debe presentarla la Comunidad de Propietarios.
·         Pueden solicitarse ayudas tanto para vivienda habitual como para vivienda no habitual.
Para más información pueden consultar el enlace: https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=20543&version=amp
En los siguientes enlaces pueden descargar la copia de los anexos que deben aportar los solicitantes:

 

Ayudas urgentes de la Generalitat Valenciana para los afectados por la DANA

AYUDAS URGENTES DE LA GENERALITAT VALENCIANA PARA LOS AFECTADOS POR LA DANA

 

 

Para todos los afectados (persona física, no empresas) informamos que la Generalitat Valenciana ha aprobado la concesión de hasta 4500€ por vivienda a quien haya sufrido daños y pérdida de enseres a causa de las pasadas inundaciones

Nuestro ayuntamiento ha habilitado una oficina permanente de atención al ciudadano en la que podréis presentar la solicitud.

 Beneficiarios: Son beneficiarias las personas físicas que tienen a su disposición, por un título jurídico habilitante, una vivienda cuyo contenido haya resultado gravemente dañado por la DANA acaecida en septiembre de 2019.

✅ Plazo: 15 días hábiles desde la publicación en el DOGV (se publicó el día 20 de septiembre, luego el plazo es hasta el 11 de octubre inclusive).

✅ Lugar de Presentación: La documentación, debidamente cumplimentada y firmada, deberá presentarse en Ayuntamiento

✅ Documentación:
a) Título jurídico que le habilita para hacer uso de la vivienda
b) Declaración responsable del domicilio exacto de la vivienda afectada, así como declaración de conformidad con las presentes bases reguladoras, todo ello mediante la cumplimentación del modelo que se incluye en el ANEXO II del presente decreto.
c) Modelo de domiciliación bancaria (ANEXO III) cumplimentado y firmado por la persona solicitante

 

 

Adjuntamos el decreto y los dos Anexos a rellenar.

DecretoAyudasDana2019

Anexo II

Anexo III – Castellano

Raúl Moreno Reina
Concejal de Hacienda, Patrimonio, Desarrollo Local, Administración Electrónica y Participación Ciudadana.
Excmo. Ayuntamiento de San Miguel de Salinas