Nov 5, 2024 | Destacado, Noticias
El Ayuntamiento de San Miguel de Salinas muestra su solidaridad y apoyo a las familias de las víctimas y personas desaparecidas tras la reciente DANA que ha afectado a la Comunidad Valenciana en los últimos días.
Las lluvias torrenciales y las inundaciones causadas por este fenómeno meteorológico han dejado una profunda huella en muchas comunidades, con pérdidas humanas y materiales.
Hoy a las 12:00h, se ha celebrado un minuto de silencio en señal de respeto y apoyo hacia todas las personas afectadas. San Miguel de Salinas se une en estos momentos de duelo, ofreciendo sus condolencias y enviando un mensaje de fuerza y unión en estos momentos difíciles.
Oct 21, 2021 | Alcaldía, Ayudas, Destacado, Noticias, OBRAS Y SERVICIOS
El #ExcmoAyuntamientodeSanMigueldeSalinas con la financiación de la Diputación de Alicante , mediante la concesión de subvenciones para paliar los daños producidos por la Dana, ha llevado a cabo las actuaciones consistentes en:
Reparación de un tramo del Camino de San Miguel de Salinas a Almoradí
Reparación de un tramo del Vial Público Calle Holanda,
Importe valorado en : 55.000€
May 6, 2020 | Agricultura, Asistencia a la alcaldía, Noticias
? ¿Tuviste daños en la ?? DANA en tu casa, en tu campo o negocio?
? ¿Quieres saber que ayudas existen?
⏳ ¿Si los plazos están abiertos o no?
⚙️ ¿Quieres consultar el estado de una ayuda que has pedido?
ℹ️ Entra en: https://ayudasdana.gva.es/va y comprueba el estado de tu solicitud, las ayudas que se han realizado, las que están en plazo de solicitud.
? Toda la información sobre la DANA de la Generalitat Valenciana en una sola página.
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Mar 16, 2020 | Agricultura, Noticias
? ?? AYUDAS DANA
?
Convocadas ayudas de la Consellería de Agricultura para explotaciones agrarias con daños provocados por la ? DANA ?
? Plazo de presentación hasta el 7 de mayo
ℹ️ Más información y tramitación en el siguiente teléfono ☎️ 966 614 668
#AyudasDANA #ConselleríaDeAgricultura #Daños #ExplotacionesAgrarías #ConcejalíaDeAgricultura
Dic 9, 2019 | Alcaldía, Asistencia a la alcaldía, Destacado, URBANISMO Y VIVIENDA
Según comunicación por parte de la Consellería, se amplía el plazo para presentar la solicitud hasta el día 31 de diciembre de 2019 (inclusive)
La ayuda es a las personas físicas y jurídicas titulares del derecho de propiedad de los inmuebles sitos en los municipios que se relacionan en el anexo I, por los daños producidos en sus viviendas por el temporal de lluvias, fenómenos costeros y vientos ocurrido en la Comunitat Valenciana entre el 11 y el 14 de septiembre de 2019, para paliar los siguientes daños que no estén cubiertos por el sistema general de seguros:
a) Por destrucción total de la vivienda, hasta el 100 % de los daños valorados, no pudiendo superar 15.120 euros, si es vivienda habitual, y 12.118 euros, si es vivienda no habitual.
b) Por daños que afecten a las estructuras de la vivienda, hasta el 50 % de los daños valorados, no pudiendo superar 10.320 euros, si es vivienda habitual, y 8.974 euros, si es vivienda no habitual.
c) Por daños que no afecten a las estructuras de la vivienda, hasta el 50 % de los daños valorados, no pudiendo superar 5.160 euros, si es vivienda habitual, y 4.062 euros, si es vivienda no habitual.
Documentación a presentar:
– Copia del DNI, NIE o CIF.
– Documentación acreditativa de la titularidad del derecho de propiedad sobre la vivienda (Nota simple del Registro de la Propiedad). Además, en el supuesto de vivienda habitual, deberá aportarse documentación acreditativa de dicha condición.
– Solicitud de licencia de obras o declaración responsable, en su caso.
– Declaración de conformidad con estas bases reguladoras (Anexo II).
– Modelo normalizado (Anexo III) de domiciliación bancaria debidamente cumplimentado, designando la cuenta en la que se realizará el ingreso de las ayudas.
Importante:
· Toda la documentación a incorporar al expediente deberá ser original o copia compulsada.
· Para los daños de destrucción total o afectados en las estructuras de la vivienda debe presentar la declaración la persona propietaria en caso de vivienda, o la Comunidad de Propietarios en caso de edificio.
· Para los daños que no afecten a las estructuras de la vivienda debe presentarla la persona propietaria, si afectan a zonas comunes, debe presentarla la Comunidad de Propietarios.
· Pueden solicitarse ayudas tanto para vivienda habitual como para vivienda no habitual.
En los siguientes enlaces pueden descargar la copia de los anexos que deben aportar los solicitantes: