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PLENO ORDINARIO CON FECHA 29 DE JULIO DE 2021

ℹ️ PLENO ORDINARIO CON FECHA 29 DE JULIO DE 2021

Fecha y hora: 29 DE JULIO de 2021 a las 12:00h

Lugar: Salón de plenos Virtual

Asuntos de la convocatoria:

1. RESOLUCIONES DE ALCALDÍA

2. APROBACIÓN SI PROCEDE DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR DE FECHA 27/05/21.

3. MODIFICACIÓN DE CRÉDITO 11/2021. CRÉDITO EXTRAORDINARIO.

4. APROBACIÓN DEL PLAN TERRITORIAL MUNICIPAL DE EMERGENCIAS Y PLAN DE ACTUACIÓN MUNICIPAL FRENTE AL RIESGO DE INCENDIOS FORESTALES

5. MOCIONES, RUEGOS Y PREGUNTAS.

 

El pleno se retransmitirá al público en directo a través de la página oficial de Youtube del Ayuntamiento:

INFORMACIÓN MUNICIPAL: Incorporaciones en la Policía Local

? #InformaciónMunicipal: El Excelentísimo Ayuntamiento de #SanMigueldeSalinas incorpora a tres agentes interinos de policía local cedidos por el Ayuntamiento de Benijofar a través de su bolsa, con el objetivo de seguir mejorando el servicio de Policía Local. Actualmente el municipio cuenta con 17 efectivos policiales y una cobertura de servicio policial de 24h.

#MunicipalInformation: San Miguel de Salinas Town Council incorporates three interim local police officers on loan from the Benijofar Town Council through its stock exchange, with the aim of continuing to improve the Local Police service. Currently the municipality has 17 police officers and 24h police service coverage.

#ServiciosMunicipales #policía24horas #PolicíaLocalSanMigueldeSalinas

Nuevas medidas COVID-19 sobre el uso de la mascarilla a partir del 26 de junio

COMUNICADO DE LA POLICÍA LOCAL DE SAN MIGUEL DE SALINAS.
? NUEVAS FORMAS DE USO OBLIGATORIO DE MASCARILLAS ?
La Ley 2/2021, de 29 de marzo, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, queda modificada en los siguientes términos con la aprobación del Real Decreto-Ley 13/2021 de 24 de junio.
Por lo tanto el artículo 6 queda redactado del siguiente modo:
✅ Uso obligatorio de mascarillas.
1. Las personas de seis años en adelante quedan obligadas al uso de mascarillas en los siguientes supuestos:
a) En cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público.
b) En cualquier espacio al aire libre en el que por la aglomeración de personas, no resulte posible mantener una distancia mínima de 1,5 metros entre las mismas, salvo grupos de convivientes.
c) En los medios de transporte aéreo, marítimo, en autobús, o por ferrocarril, incluyendo los andenes y estaciones de viajeros, o en teleférico, así como en los transportes públicos y privados complementarios de viajeros en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, si los ocupantes de los vehículos de turismo no conviven en el mismo domicilio. En el caso de los pasajeros de buques y embarcaciones, no será necesario el uso de mascarillas cuando se encuentren dentro de su camarote, ni en espacios exteriores de la nave cuando se pueda mantener la distancia de seguridad de 1,5 metros.
d) En los eventos multitudinarios al aire libre, cuando los asistentes estén de pie o si están sentados cuando no se pueda mantener 1,5 metros de distancia entre personas, salvo grupos de convivientes.
2. La obligación contenida en el apartado anterior no será exigible en los siguientes supuestos:
a) A las personas que presenten algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de la mascarilla o que, por su situación de discapacidad o dependencia, no dispongan de autonomía para quitarse la mascarilla, o bien presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.
b) En el caso de que, por la propia naturaleza de las actividades, el uso de la mascarilla resulte incompatible, con arreglo a las indicaciones de las autoridades sanitarias.
c) En aquellos lugares o espacios cerrados de uso público que formen parte del lugar de residencia de los colectivos que allí se reúnan, como son las instituciones para la atención de personas mayores o con diversidad funcional, las dependencias destinadas a residencia colectiva de trabajadores esenciales u otros colectivos que reúnan características similares, siempre y cuando dichos colectivos y los trabajadores que allí ejerzan sus funciones, tengan coberturas de vacunación contra el SARS-CoV-2 superiores al 80 % con pauta completa, acreditado por la autoridad sanitaria competente.
Esta última excepción no será de aplicación a los visitantes externos, ni a los trabajadores de los centros residenciales de personas mayores o con diversidad funcional.
3. El uso de mascarillas en centros penitenciarios en los que haya movilidad de los internos, tanto en exteriores como en espacios cerrados, se regirá por normas específicas establecidas por la autoridad penitenciaria competente.
4. La venta unitaria de mascarillas quirúrgicas que no estén empaquetadas individualmente solo se podrá realizar en las oficinas de farmacia garantizando unas condiciones de higiene adecuadas que salvaguarden la calidad del producto.
✅ Estas nuevas medidas de uso de la mascarilla, entrarán en vigor el 26 de junio de 2021.
✅ EN CUALQUIER CASO, NO TE OLVIDES DE LLEVAR TU MASCARILLA ? AL SALIR DE CASA. PUEDE QUE LA NECESITES.

Renovación del DNI en San Miguel de Salinas

CONCEJALÍA DE SEGURIDAD CIUDADANA

A partir del día 24 de mayo se comenzará a dar número para la expedición del DNI en las dependencias municipales.

El equipo móvil de la comisaría de Elche, se desplazará el próximo día lunes 14 de junio para la expedición de 8:30 a 10:30. Volverá al día siguiente para la finalizar la expedición y hacerles entrega de su documento D.N.I. a las 12:30 h.

Concejalía de Seguridad Ciudadana

Mari Paz Pascual Mañogil