965 72 00 01 - Calle 19 de Abril, 34 - 03193 San Miguel de Salinas info@sanmigueldesalinas.es

Comunicado de la Policía Local: itinerario y vías afectadas en la celebración de la Marcha Contra el Cáncer del próximo domingo 17 de octubre

Comunicado de la Policía Local.
Con motivo de la celebración de la MARCHA CONTRA EL CÁNCER DE MAMA de este próximo domingo día 17 de octubre, se van a ver afectadas al tráfico y al estacionamiento las siguientes vías de nuestro municipio:
Montesico Blanco
Arniches
Vega Baja
Eduardo chillida
19 de Abril
Rafael Narbona
Juan XXIII
Avenida del Prado
Antonio Machado
Galant Delgado
Miguel Barcelona
Vicente Blasco Ibáñez
Miguel Barcelona
Miguel Pérez Mateo
Plaza Libertad
Plaza Juan Carlos I
Juan Mateo Box
Avenida del Mar
Almoradí
⚠ Así mismo, se informa de que el horario de prohibición de estacionamiento por dichas vías comenzará a las 07:00 horas, prolongándose hasta las 12:00 horas de la mañana del domingo día 17 de octubre. El corte de los viales a la circulación se realizará a las 08:00 horas del mismo.
⚠ Por parte de los servicios municipales se procederá a señalizar debidamente y con la antelación suficiente las vías afectadas con el fin de evitar posibles confusiones.
⚠ Se solicita a todos aquellos vecinos que tengan sus vehículos estacionados en plazas de garaje situadas en el interior del recorrido y que tengan previsto moverlos durante el horario de la evento que, por favor, procedan a retirarlos con anterioridad al horario indicado o los estacionen en lugares donde su movilidad no se vea reducida.
?? Finalmente, por parte de esta policía se ruega la máxima comprensión y colaboración de todos nuestros vecinos en la celebración de este evento solidario en favor de la lucha contra el cáncer de mama.

INFORMACIÓN MUNICIPAL: Incorporaciones en la Policía Local

? #InformaciónMunicipal: El Excelentísimo Ayuntamiento de #SanMigueldeSalinas incorpora a tres agentes interinos de policía local cedidos por el Ayuntamiento de Benijofar a través de su bolsa, con el objetivo de seguir mejorando el servicio de Policía Local. Actualmente el municipio cuenta con 17 efectivos policiales y una cobertura de servicio policial de 24h.

#MunicipalInformation: San Miguel de Salinas Town Council incorporates three interim local police officers on loan from the Benijofar Town Council through its stock exchange, with the aim of continuing to improve the Local Police service. Currently the municipality has 17 police officers and 24h police service coverage.

#ServiciosMunicipales #policía24horas #PolicíaLocalSanMigueldeSalinas

Ayuda concedida de la Diputación de Alicante para el Servicio de prevención y extinción de incendios y salvamento de Alicante

La Junta de Gobierno de la Excma. Diputación de Alicante aprueba la concesión de subvención a los Ayuntamientos de la provincia de Alicante con población inferior a 20.000 habitantes para cubrir las aportaciones estatutarias del Consorcio Provincial para el Servicio de prevención y extinción de incendios y salvamento de Alicante correspondientes a la anualidad 2021.

✅La ayuda concedida para el Excmo. Ayuntamiento de San Miguel de Salinas es de: 9.230,96€

Nuevas medidas COVID-19 sobre el uso de la mascarilla a partir del 26 de junio

COMUNICADO DE LA POLICÍA LOCAL DE SAN MIGUEL DE SALINAS.
? NUEVAS FORMAS DE USO OBLIGATORIO DE MASCARILLAS ?
La Ley 2/2021, de 29 de marzo, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, queda modificada en los siguientes términos con la aprobación del Real Decreto-Ley 13/2021 de 24 de junio.
Por lo tanto el artículo 6 queda redactado del siguiente modo:
✅ Uso obligatorio de mascarillas.
1. Las personas de seis años en adelante quedan obligadas al uso de mascarillas en los siguientes supuestos:
a) En cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público.
b) En cualquier espacio al aire libre en el que por la aglomeración de personas, no resulte posible mantener una distancia mínima de 1,5 metros entre las mismas, salvo grupos de convivientes.
c) En los medios de transporte aéreo, marítimo, en autobús, o por ferrocarril, incluyendo los andenes y estaciones de viajeros, o en teleférico, así como en los transportes públicos y privados complementarios de viajeros en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, si los ocupantes de los vehículos de turismo no conviven en el mismo domicilio. En el caso de los pasajeros de buques y embarcaciones, no será necesario el uso de mascarillas cuando se encuentren dentro de su camarote, ni en espacios exteriores de la nave cuando se pueda mantener la distancia de seguridad de 1,5 metros.
d) En los eventos multitudinarios al aire libre, cuando los asistentes estén de pie o si están sentados cuando no se pueda mantener 1,5 metros de distancia entre personas, salvo grupos de convivientes.
2. La obligación contenida en el apartado anterior no será exigible en los siguientes supuestos:
a) A las personas que presenten algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de la mascarilla o que, por su situación de discapacidad o dependencia, no dispongan de autonomía para quitarse la mascarilla, o bien presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.
b) En el caso de que, por la propia naturaleza de las actividades, el uso de la mascarilla resulte incompatible, con arreglo a las indicaciones de las autoridades sanitarias.
c) En aquellos lugares o espacios cerrados de uso público que formen parte del lugar de residencia de los colectivos que allí se reúnan, como son las instituciones para la atención de personas mayores o con diversidad funcional, las dependencias destinadas a residencia colectiva de trabajadores esenciales u otros colectivos que reúnan características similares, siempre y cuando dichos colectivos y los trabajadores que allí ejerzan sus funciones, tengan coberturas de vacunación contra el SARS-CoV-2 superiores al 80 % con pauta completa, acreditado por la autoridad sanitaria competente.
Esta última excepción no será de aplicación a los visitantes externos, ni a los trabajadores de los centros residenciales de personas mayores o con diversidad funcional.
3. El uso de mascarillas en centros penitenciarios en los que haya movilidad de los internos, tanto en exteriores como en espacios cerrados, se regirá por normas específicas establecidas por la autoridad penitenciaria competente.
4. La venta unitaria de mascarillas quirúrgicas que no estén empaquetadas individualmente solo se podrá realizar en las oficinas de farmacia garantizando unas condiciones de higiene adecuadas que salvaguarden la calidad del producto.
✅ Estas nuevas medidas de uso de la mascarilla, entrarán en vigor el 26 de junio de 2021.
✅ EN CUALQUIER CASO, NO TE OLVIDES DE LLEVAR TU MASCARILLA ? AL SALIR DE CASA. PUEDE QUE LA NECESITES.