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Ayudas DANA, un enlace para consultar los tipos de ayudas, plazos y estado de tu solicitud, todo en una misma página.

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? Toda la información sobre la DANA de la Generalitat Valenciana en una sola página.

#DANA #Ayudas #Trámites #ConcejalíaDeAsistenciaALaAlcaldía #ConcejalíaDeAgricultura

Proyecto ‘Háblame bonito’ 21 días

El Ayuntamiento de San Miguel de Salinas se suma al proyecto:

¡Háblame bonito!

Un proyecto que consiste en una serie de actividades desarrolladas durante 21 días. El proyecto original que se concibió para el entorno educativo y lo adaptaremos para usarlo en nuestra vida diaria. Vamos a “Hablar bonito” durante 21 días.

Intentaremos generar el hábito y poner en valor el uso de las buenas formas fomentándolas para mejorar nuestro día a día

El lunes 17 de febrero comenzamos, no te pierdas las publicaciones que haremos cada día y compartiéndolas para que nos ‘hablemos bonito’ entre todos y cuantos más seamos mejor.

#MejoremosNuestroDíaaDía #HáblameBonito #ConcejalíadeAsistenciaalaAlcaldía

Ampliado el plazo para la solicitud de ayudas de la DANA de septiembre de 2019

Según comunicación por parte de la Consellería, se amplía el plazo para presentar la solicitud hasta el día 31 de diciembre de 2019 (inclusive)

La ayuda es a las personas físicas y jurídicas titulares del derecho de propiedad de los inmuebles sitos en los municipios que se relacionan en el anexo I, por los daños producidos en sus viviendas por el temporal de lluvias, fenómenos costeros y vientos ocurrido en la Comunitat Valenciana entre el 11 y el 14 de septiembre de 2019, para paliar los siguientes daños que no estén cubiertos por el sistema general de seguros:
a) Por destrucción total de la vivienda, hasta el 100 % de los daños valorados, no pudiendo superar 15.120 euros, si es vivienda habitual, y 12.118 euros, si es vivienda no habitual.
b) Por daños que afecten a las estructuras de la vivienda, hasta el 50 % de los daños valorados, no pudiendo superar 10.320 euros, si es vivienda habitual, y 8.974 euros, si es vivienda no habitual.
c) Por daños que no afecten a las estructuras de la vivienda, hasta el 50 % de los daños valorados, no pudiendo superar 5.160 euros, si es vivienda habitual, y 4.062 euros, si es vivienda no habitual.
Documentación a presentar:
–          Copia del DNI, NIE o CIF.
–          Documentación acreditativa de la titularidad del derecho de propiedad sobre la vivienda (Nota simple del Registro de la Propiedad). Además, en el supuesto de vivienda habitual, deberá aportarse documentación acreditativa de dicha condición.
–          Solicitud de licencia de obras o declaración responsable, en su caso.
–          Declaración de conformidad con estas bases reguladoras (Anexo II).
–          Modelo normalizado (Anexo III) de domiciliación bancaria debidamente cumplimentado, designando la cuenta en la que se realizará el ingreso de las ayudas.
Importante:
·         Toda la documentación a incorporar al expediente deberá ser original o copia compulsada.
·         Para los daños de destrucción total o afectados en las estructuras de la vivienda debe presentar la declaración la persona propietaria en caso de vivienda, o la Comunidad de Propietarios en caso de edificio.
·         Para los daños que no afecten a las estructuras de la vivienda debe presentarla la persona propietaria, si afectan a zonas comunes, debe presentarla la Comunidad de Propietarios.
·         Pueden solicitarse ayudas tanto para vivienda habitual como para vivienda no habitual.
Para más información pueden consultar el enlace: https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=20543&version=amp
En los siguientes enlaces pueden descargar la copia de los anexos que deben aportar los solicitantes:

 

VEHÍCULOS: Ayudas urgentes de la Generalitat Valenciana a personas físicas para paliar la pérdida de vehículos siniestrados producida por la DANA

VEHÍCULOS: ayudas urgentes a personas físicas para paliar la pérdida de vehículos siniestrados producida por la DANA

A QUIÉN VAN DIRIGIDAS:

A personas físicas con residencia habitual en los municipios afectados por la DANA y adquieren un vehículo (nuevo, de saegunda mano, lessing o renting) por haber sido los suyos declarados «SINIESTRO TOTAL», como consecuencia del temporal de lluvia, fenómenos costeros y viento producido por la DANA acaecida en el Mediterráneo entre el 11 y el 14 de septiembre de 2019

PLAZO DE PRESENTACIÓN:

Desde el 24 de octubre hasta el 23 de enero, inclusive

LUGAR DE PRESENTACIÓN

Ayuntamiento de San Miguel de Salinas, Oficina del Catastro (Mañanas en horario de oficina)

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR:

  • Documentación acreditativa residencia: Copia del DNI/NIE / Certificado de empadronamiento
  • Informe del Consorcio de Compensación de Seguros, en el que se contenga la declaración de «siniestro total» del automóvil o motocicleta de su propiedad como consecuencia de la DANA.
  • Certificado de destrucción del automóvil o motocicleta siniestrado, emitido por un Centro Autorizado de Tratamiento.
  • Justificante de baja definitiva en el Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico del vehículo o motocicleta siniestrado.
  • Domiciliación bancaria (Anexo III)
  •  PARA ADQUISICIÓN:
    • Primera matriculación:
      • Permiso de circulación
      • Tarjeta técnica del vehículo de nueva adquisición
      • Factura de compraventa (con matrícula o número de bastidor, marca, modelo y versión)
      • Justificantes de pago de impuestos de circulación
      • Justificante de pago de impuesto de matriculación
    • Vehículos usados:
      • Permiso de circulación
      • Tarjeta técnica del vehículo adquirido
      • Contrato de compraventa
      • Justificante de pago de la persona compradora del impuesto de circulación
  • PARA LEASING O RENTING
    • Contrato de alquiler con duración mínima de 2 años

IMPORTANTE:

  • Es una ayuda para sustituir los vehículos que han sido declarados siniestro total con motivo del temporal del 11 al 14 de septiembre, no para la reparación de vehículos dañados.
  • Para solicitar la ayuda el vehículo que se adquiera (nueva, segunda mano,…) debe ser de fecha de matriculación posterior al 1 de enero de 2014

MÁS INFORMACIÓN:

DECRETO 237/2019, de 18 de octubre, del Consell, de aprobación de les bases reguladoras y del procedimiento de concesión directa de ayudas urgentes a personas físicas para paliar la pérdida de vehículos siniestrados producida por el temporal de lluvias, fenómenos costeros y vientos ocurrido en la Comunitat Valenciana entre el 11 y el 14 de septiembre de 2019.

VIVIENDAS: Nuevas ayudas urgentes de la Generalitat Valenciana para paliar los daños sufridos en viviendas de los municipios afectados por la DANA

Nuevas ayudas urgentes de la Generalitat Valenciana para paliar los daños sufridos en viviendas y vehículos de los municipios afectados por la DANA

 

VIVIENDA

A QUIÉN VAN DIRIGIDAS:

A las personas físicas y jurídicas titulares del derecho de propiedad de los inmuebles sitos en los municipios afectados por los daños producidos en sus viviendas por el temporal de lluvias, fenómenos costeros y vientos ocurrido en la Comunitat Valenciana entre el 11 y el 14 de septiembre de 2019, para paliar los siguientes daños que no estén cubiertos por el sistema general de seguros:

a) Por destrucción total de la vivienda, hasta el 100 % de los daños valorados, no pudiendo superar 15.120 euros, si es vivienda habitual, y 12.118 euros, si es vivienda no habitual.

b) Por daños que afecten a las estructuras de la vivienda, hasta el 50 % de los daños valorados, no pudiendo superar 10.320 euros, si es vivienda habitual, y 8.974 euros, si es vivienda no habitual.

c) Por daños que no afecten a las estructuras de la vivienda, hasta el 50 % de los daños valorados, no pudiendo superar 5.160 euros, si es vivienda habitual, y 4.062 euros, si es vivienda no habitual.

PLAZO PARA PRESENTAR LA SOLICITUD: 

Desde el 24 de octubre hasta el 9 de diciembre de 2019, inclusive.

LUGAR DE PRESENTACIÓN

Ayuntamiento de San Miguel de Salinas, Oficina del Catastro (Mañanas, en horario de oficina)

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR:

–          Copia del DNI, NIE o CIF.

–          Documentación acreditativa de la titularidad del derecho de propiedad sobre la vivienda (Nota simple del Registro de la Propiedad). Además, en el supuesto de vivienda habitual, deberá aportarse documentación acreditativa de dicha condición.

–          Solicitud de licencia de obras o declaración responsable, en su caso.

–          Declaración de conformidad con estas bases reguladoras (Anexo II).

–          Modelo normalizado (Anexo III) de domiciliación bancaria debidamente cumplimentado, designando la cuenta en la que se realizará el ingreso de las ayudas.

IMPORTANTE:

·         Toda la documentación a incorporar al expediente deberá ser original o copia compulsada.

·         Para los daños de destrucción total o afectados en las estructuras de la vivienda debe presentar la declaración la persona propietaria en caso de vivienda, o la Comunidad de Propietarios en caso de edificio.

·         Para los daños que no afecten a las estructuras de la vivienda debe presentarla la persona propietaria, si afectan a zonas comunes, debe presentarla la Comunidad de Propietarios.

·         Pueden solicitarse ayudas tanto para vivienda habitual como para vivienda no habitual.

ENLACE AL DECRETO:

  • Decreto bases reguladores i del procediment de concessió d’ajudes urgents per a pal·liar els danys produïts en habitatges dels municipis afectats pel temporal de pluges, fenòmens costaners i vents ocorregut en la Comunitat Valenciana entre l’11 i el 14 de setembre de 2019. [2019/10020] – Diari Oficial de la Generalitat Valenciana de 24-10-2019

Para información sobre VEHÍCULOS pincha aquí

Importante: Normativa sobre el depósito de podas y enseres

El Ayuntamiento de San Miguel de Salinas está recibiendo numerosas quejas debido a la gran cantidad de enseres y podas que se depositan por todas partes, a todas horas y en lugares donde no se deben depositar. Por ello, consideramos necesario informar de que los días de depósito de enseres y podas están concretados en la normativa municipal.

Así, en el casco urbano ENSERES:

      • Los enseres se deben depositar los lunes por la tarde/noche pues se recogeran martes.
      • Las podas se deben depositar miércoles pues el día de recogida es jueves.

En las urbanizaciones:

      • Los enseres se deben depositar martes por la tarde/noche y se recogerán miércoles.
      • Las podas se deben depositar miércoles pues el día de recogida es jueves.

 

 

PODAS:

En el caso de las podas se deberá avisar previamente mediante llamada telefónica al número 965 720 001 o mediante WhatsApp al número 687 920 657.

Así mismo, informamos que desde noviembre de 2018 está vigente la Ordenanza Municipal Reguladora de Convivencia Ciudadana en el Espacio Público, que se puede consultar en el apartado de transparencia de la web municipal o bien en el apartado 26 del siguiente enlace: https://sanmigueldesalinas.sedelectronica.es/transparency/378d8a83-e361-4c54-86a3-c418d4f5ff30/

El incumplimiento de la normativa expuesta será sancionado económicamente (multa).

Pedimos encarecidamente la colaboración de todos los ciudadanos/as para acabar con estos vertidos incontrolados para así cuidar el municipio y mejorar la imagen de nuestro pueblo.

Recordamos que existe además un e-mail (atencionciudadano@sanmigueldesalinas.es) al que poder dirigirse para trasladar cualquier tema que se considere oportuno, así como denunciar, aportando fotografías o vídeos que faciliten poder sancionar a quienes realicen estos vertidos, garantizando en todo momento el anonimato de quienes lo comuniquen.

Agradecemos de antemano la colaboración de todos los vecinos/as de San Miguel de Salinas y recordamos que es responsabilidad de todos mantener nuestro pueblo limpio.

GRACIAS POR VUESTRA COLABORACIÓN

María Paz Pascual Mañogil. Concejalías de Seguridad Ciudadana, Integración Ciudadana y Urbanizaciones.