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Nuevas ayudas urgentes de la Generalitat Valenciana para paliar los daños sufridos en viviendas y vehículos de los municipios afectados por la DANA

 

VIVIENDA

A QUIÉN VAN DIRIGIDAS:

A las personas físicas y jurídicas titulares del derecho de propiedad de los inmuebles sitos en los municipios afectados por los daños producidos en sus viviendas por el temporal de lluvias, fenómenos costeros y vientos ocurrido en la Comunitat Valenciana entre el 11 y el 14 de septiembre de 2019, para paliar los siguientes daños que no estén cubiertos por el sistema general de seguros:

a) Por destrucción total de la vivienda, hasta el 100 % de los daños valorados, no pudiendo superar 15.120 euros, si es vivienda habitual, y 12.118 euros, si es vivienda no habitual.

b) Por daños que afecten a las estructuras de la vivienda, hasta el 50 % de los daños valorados, no pudiendo superar 10.320 euros, si es vivienda habitual, y 8.974 euros, si es vivienda no habitual.

c) Por daños que no afecten a las estructuras de la vivienda, hasta el 50 % de los daños valorados, no pudiendo superar 5.160 euros, si es vivienda habitual, y 4.062 euros, si es vivienda no habitual.

PLAZO PARA PRESENTAR LA SOLICITUD: 

Desde el 24 de octubre hasta el 9 de diciembre de 2019, inclusive.

LUGAR DE PRESENTACIÓN

Ayuntamiento de San Miguel de Salinas, Oficina del Catastro (Mañanas, en horario de oficina)

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR:

–          Copia del DNI, NIE o CIF.

–          Documentación acreditativa de la titularidad del derecho de propiedad sobre la vivienda (Nota simple del Registro de la Propiedad). Además, en el supuesto de vivienda habitual, deberá aportarse documentación acreditativa de dicha condición.

–          Solicitud de licencia de obras o declaración responsable, en su caso.

–          Declaración de conformidad con estas bases reguladoras (Anexo II).

–          Modelo normalizado (Anexo III) de domiciliación bancaria debidamente cumplimentado, designando la cuenta en la que se realizará el ingreso de las ayudas.

IMPORTANTE:

·         Toda la documentación a incorporar al expediente deberá ser original o copia compulsada.

·         Para los daños de destrucción total o afectados en las estructuras de la vivienda debe presentar la declaración la persona propietaria en caso de vivienda, o la Comunidad de Propietarios en caso de edificio.

·         Para los daños que no afecten a las estructuras de la vivienda debe presentarla la persona propietaria, si afectan a zonas comunes, debe presentarla la Comunidad de Propietarios.

·         Pueden solicitarse ayudas tanto para vivienda habitual como para vivienda no habitual.

ENLACE AL DECRETO:

  • Decreto bases reguladores i del procediment de concessió d’ajudes urgents per a pal·liar els danys produïts en habitatges dels municipis afectats pel temporal de pluges, fenòmens costaners i vents ocorregut en la Comunitat Valenciana entre l’11 i el 14 de setembre de 2019. [2019/10020] – Diari Oficial de la Generalitat Valenciana de 24-10-2019

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